INSCRIPCION ABIERTA A CURSO DE ANALISTA FUNCIONAL.

La Secretaría de Modernización, Innovación y Desarrollo Tecnológico de la Municipalidad de Goya, da a conocer a toda la ciudadanía que se encuentra abierta la inscripción al Curso de Analista Funcional, propuesta por SilverTech. Si tenés más de 50 años fortalece tus habilidades digitales para potenciar tu talento ¡No te quedes afuera! Es 100% online y gratuito. Inscribite en https://soysilvertech.org/cursos/curso-analista-funcional/

Es importante tener en consideración las siguientes fechas: cierre de inscripciones 24 de marzo. Inicio de cursada 01 de abril.

Resumen del curso:

En la era digital, la función del Analista Funcional se ha vuelto esencial para el éxito de proyectos en la industria de la tecnología de la información. Este profesional actúa como puente entre los equipos de desarrollo y los usuarios finales, traduciendo los requisitos del negocio en soluciones tecnológicas efectivas.

Con un enfoque centrado en comprender las necesidades del usuario, el Analista Funcional juega un papel crucial en el diseño y la implementación de sistemas informáticos eficientes.

Perfil del estudiante:

Este curso apunta a captar personas que reúnan las siguientes características:

• De más de 50 años.

• Interesadas en las aplicaciones digitales y motivadas por reorientar su recorrido profesional hacia tareas relacionadas con la tecnología.

• Alfabetizadas digitalmente, capaces de utilizar una aplicación de videoconferencia, correo electrónico (Outlook o Gmail), almacenamiento en la nube (Google Drive o OneDrive) y de seguir instrucciones y tutoriales para loguearse en una plataforma digital.

• Dotadas de una computadora con al menos sistema operativo Windows 10 (puede ser Mac OS o Ubuntu) y conexión a internet estable.

• Proactivas, con deseo de seguir aprendiendo, curiosas, adaptables, resilientes, con buenas habilidades comunicativas.

Es deseable pero no excluyente:

• Que tengan al menos un nivel básico de inglés.

Perfil del egresado:

La persona egresada del curso contará con:

• Adquirirás habilidades en la identificación y documentación de requisitos, el diseño de soluciones efectivas y la comunicación efectiva entre equipos técnicos y no técnicos.

• Aprenderás a utilizar herramientas clave y adquirirás la confianza para participar activamente en proyectos de desarrollo de software.

Es importante destacar que SilverTech es impulsado por Eidos Global y BID Lab en alianza con Diagonal, Accenture, Microsoft, RedHat, Salesforce y Google.org. Y con Bolster como socio de conocimiento.

Para más información ingresar en https://soysilvertech.org/

Mapa de empleo de Argentina.

El Mapa del Empleo es una herramienta interactiva que, gracias a la tecnología Big Data, analiza la oferta laboral en Argentina y muestra las profesiones y habilidades digitales más demandadas, así como su evolución en el tiempo. ¿Por cuál quieres empezar?

A continuación, podrás acceder a la página web y conocer en detalles las profesiones y habilidades más destacadas de la Economía del Conocimiento de todo el país. https://mapadelempleo.fundaciontelefonica.com/arg

La Dirección de Empleo y Capacitacion brinda servicios a la empresas locales y regionales que generan empleo en la ciudad.

La Dirección de Empleo y Capacitación, a cargo del Dr. Damian Pini, realiza un incansable trabajo dirigido a favorecer la intermediación laboral. En este lineamiento, durante la mañana del día viernes 3 de agosto del corriente año, como ya lo viene realizando en el marco de numerosos servicios, brindó sus instalaciones a la reconocida Distribuidora Cortle, con sede en la ciudad de Corrientes, representada en esta oportunidad por el gerente sr. Cristóbal Arque y el Sr. Supervisor de ventas Sr. Osvaldo Soloaga, quienes realizaron entrevistas laborales a fin de seleccionar candidatos que cubrirán puestos de preventivas en la ciudad de Goya. Esta iniciativa contribuye directamente a fomentar el empleo local y fortalece la economía de la región.

«La Bolsa de Empleo Digital, junto a todos los servicios que presta esta Dirección constituyen una herramienta fundamental para conectar a las empresas con talento local, desde esta gestión municipal estamos comprometidos en seguir impulsando estas iniciativas que benefician a la comunidad y se continuarán implementando estrategias para generar oportunidades de empleo y desarrollo profesional para los goyanos.», afirmó el Dr. Damián Pini, Director de Empleo y capacitación de la Municipalidad de Goya”.

Financiamiento para empresas y emprendedores para incorporar empleados

Bolsa Empleos Goya

Financiamiento del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para empresas y emprendedores para incorporar empleados.

A continuación, se detallan programas que incentivan la empleabilidad en el sector privado a través del MTEySS.

  1. ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO:
  2. El objetivo es lograr entrenamiento y experiencia laboral para el empleado.
  3. No constituyen una relación laboral.
  4. Hombres de 18 a 24 años.
  5. Mujeres de 18 a 24 años y/o de 24 hasta 60 con 1 hijo menor de 18 años o más a cargo.
  6. Ninguno puede tener título terciario o superior.
  7. Duración: 3 a 6 meses, dependiendo de la actividad.
  8. De lunes a viernes, sólo 4 (cuatro) horas diarias en la franja horaria de las 05:00 a las 22:00 hs.
  9. El salario se hace cargo el Ministerio.
  10. Retribución: El participante recibe $39.000 o $45.000 por mes, dependiendo del tamaño de la empresa, los abona íntegramente el Ministerio de Trabajo de la Nación (Micro empresa) o en forma conjunta entre el Ministerio y la empresa.
  11. A el empleador le corresponde el pago de la ART y debe contratar por cada entrenado una prestación médica obligatoria.
  • PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL (PIL):
  • El objetivo es promover la incorporación de trabajadores en empleos de calidad.
  • Existe relación laboral formal.
  • Hombres de 18 a 24 años y/o de 45 a 65 años con 1 hijo menor de 18 años o más a cargo.
  • Mujeres de 18 a 24 años y/o de 24 a 60 años con 1 hijo menor de 18 años o más cargo.
  • Ninguno puede tener título terciario o superior.
  • Duración de los beneficios de 1 año.
  • El Estado cubrirá entre $32 mil y $52 mil del salario de cada trabajador dependiendo del salario y la dotación del personal de la empresa.
  • El Estado cubrirá el 100% de las cargas sociales si la modalidad de contratación es jornada completa.
  • ●                   El Estado cubrirá el 50% de las cargas sociales si la modalidad de contratación es media jornada.

Para saber más o ser asistido en estos programas contactar la Dirección de Empleo y Capacitación WhatsApp al 3777821003 o acercarse a Avenida Neustadt 110 de lunes a viernes de 07 a 13 y de 14 a 20 hs.

La Dirección ofrece además su know-how y recursos para la selección y entrevista de los candidatos.

LÍNEA ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO EN EL SECTOR PRIVADO.

Quiénes pueden participar: Personas que se registren en www.portalempleo.gob.ar y el portal les valide para Entrenamiento.

Registrar la empresa en www.portalempleo.gob.ar, solo en el primer ingreso se debe adherir los servicios del MTEySS  https://contenidos.portalempleo.gob.ar/publico/videos/Como_registrar_una_empresa

Retribución: El participante recibe $39.000 o $45.000 por mes, dependiendo del tamaño de la empresa, los abona íntegramente el Ministerio de Trabajo de la Nación (Micro empresa) o en forma conjunta entre el Ministerio y la empresa (ver cuadro – RESOL-2023-105-APN-SE#MT)

TamañoTrabajadores registrados al momento de la adhesión al Programa.Proyectos Entrenamiento 686  Proyectos Entrenamiento 2686
MICROHasta cinco (5)Ministerio $39.000 – Empresa $0Ministerio $45.000 – Empresa $0
PEQUEÑADe seis (6) a quince (15)Ministerio $32.000 – Empresa $7.000Ministerio $37.000 – Empresa $8.000
MEDIANADe dieciséis (16) a ochenta (80)Ministerio $32.000 – Empresa $7.000Ministerio $37.000 – Empresa $8.000
GRANDEMás de ochenta y uno (81)Ministerio $23.000 – Empresa $16.000Ministerio $23.000 – Empresa $22.000

PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL (PIL)

Quiénes pueden participar: Personas que se registren en el Portal Empleo www.portalempleo.gob.ar y el mismo les valide para PIL.

Registrar la empresa en el Portal Empleo www.portalempleo.gob.ar, solo en el primer ingreso se debe adherir los servicios del MTEySS  https://contenidos.portalempleo.gob.ar/publico/videos/Como_registrar_una_empresa

Generando una oferta laboral en el Portal Empleo, usted podrá seleccionar trabajadoras/es identificadas/os como aptas/os para acceder a diferentes beneficios por su contratación, en el marco del “Programa Puente al Empleo” – Decreto 551/2022.

Programa de Inserción Laboral: El Estado cubrirá parte del salario de cada trabajador/a contratado/a, a través de una ayuda económica mensual que la empresa podrá descontar del mismo y deberá abonar la diferencia de acuerdo al Convenio Colectivo de su actividad.

Planta de personal del/la empleador/aTrabajadores/as *
Mujeres / Personas no binarias (Decreto 476/2021)Varones
Contratación a tiempo completo
Hasta 5 trabajadoras/es$ 52.000$ 47.000
Entre 6 y 15 trabajadoras/es$ 47.000$ 41.500
Entre 16 y 80 trabajadoras/es$ 41.000$ 36.000
Más de 80 trabajadoras/es$ 37.000$ 32.000
Contratación a tiempo parcial
Hasta 5 trabajadoras/es$ 22.000$ 20.000
Entre 6 y 15 trabajadoras/es$ 19.500$ 17.500
Entre 16 y 80 trabajadoras/es$ 17.000$ 15.000
Más de 80 trabajadoras/es$ 15.000$ 13.000

Reducción de contribuciones patronales Si la contratación es por jornada completa e implica un incremento neto en la nómina de personal de su empresa podrá acceder a una reducción de las contribuciones patronales de hasta el 100 % por 12 meses.

Los beneficios mencionados, se hacen efectivos como resultado de su declaración a través de los servicios “Simplificación Registral” y “Declaración en Línea” (Formulario 931) de la AFIP, seleccionando entre los siguientes códigos, según la modalidad de contratación:

CÓDIGOMODALIDAD DE CONTRATACIÓN
601Contrato por plazo indeterminado a tiempo completo (art 90 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022. Reducción 100%.
602Contrato por plazo indeterminado a tiempo parcial (art 90 y art 92 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022. Reducción 50%.
603Contrato de trabajo a plazo fijo a tiempo completo (art 93 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022. Reducción 100%.
604Contrato de trabajo a plazo fijo a tiempo parcial (art 92 y art 93 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022. Reducción 50%.
605Contrato trabajo de temporada a tiempo completo (art 96 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022. Reducción 100%.
606Contrato trabajo de temporada a tiempo parcial (art 92 y art 96 Ley 20744) Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 50%.
607Contrato de trabajo agrario permanente prestación continua a tiempo completo (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 100%.
608Contrato de trabajo agrario permanente prestación continua a tiempo parcial (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 50%.
609Contrato de trabajo agrario permanente discontinuo a tiempo completo (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 100%.
610Contrato de trabajo agrario permanente discontinuo a tiempo parcial (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 50%.
611Contrato de trabajo agrario de temporada a tiempo completo (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 100%.
612Contrato de trabajo agrario de temporada a tiempo parcial (Ley 26727). Puesto Nuevo Art 2 Decreto 551/2022 Reducción 50%.
613Personal de la Construcción a tiempo completo (Ley 22250) Puesto Nuevo Art 2. Decreto 551/2022 Reducción 100%.
614Personal de la Construcción a tiempo parcial (Ley 22250 y art 92 Ley 20744) Puesto Nuevo Art 2. Decreto 551/2022 Reducción 50%.

Marco Normativo:
Programa de Inserción Laboral
Decreto 551/2022
Resolución Conjunta 4/2022

Sueldo neto y sueldo bruto: ¿Conocés sus diferencias?

Es importante conocer la diferencia entre los términos neto y bruto a la hora de empezar a trabajar. Al momento de la contratación, las empresas suelen expresar el sueldo en términos brutos. Por este motivo, es necesario conocer cuales son las deducciones a las que se está sujeto por ley, para así tener en claro la cantidad de dinero en mano que se percibirá cada mes.

Sueldo bruto: es la cantidad total de dinero que se paga sin tener en cuenta las deducciones generalizadas fijadas por ley.

Sueldo neto: es el dinero que se deposita en la cuenta a fin de mes una vez aplicadas las deducciones de ley, aquel que el trabajador realmente percibe.

Las retenciones al sueldo bruto, denominadas deducciones de haberes o deducciones de ley, son las siguientes:

Jubilación:

Se deduce un 11% del sueldo como aporte jubilatorio. Es una deducción destinada a generar un fondo de ahorro para cuando decidas jubilarte. El dinero es retenido por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que es el sistema jubilatorio que rige actualmente en Argentina.

Obra Social:

Se descuenta un 3% en concepto del descuento que se realiza por servicios de salud, para que puedas tener acceso a asistencia médica en caso de accidente o enfermedad. La empresa lo retiene y, luego, deposita este monto en la AFIP que destina un porcentaje de este a la Administración Nacional del Seguro de Salud.

Descuento INSSJP:

Se trata de una deducción del 3% destinada al Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP), más conocido como PAMI. Provee atención médica integral a adultos mayores.

Cuota sindical:

Dependiendo de si la empresa está sujeta a un convenio o el trabajador a un sindicato, se deduce entre un 2% y un 4% que se destinan a cada agrupación sindical o gremio. No es obligatoria.

Ejemplo:

Si tu sueldo es de $25.000 en bruto, las deducciones deberías calcularlas de la siguiente manera:

Obra Social + Descuento INSSJP + Jubilación = deducción total de haberes

(25.000 x 0.03) + (25.000 x 0.03) + (25.000 x 0.11) =

750 + 750 + 2832,5 = $4332,5 (esta es la cantidad de dinero que te descontarían)

25.000 – 4.332,5 = $20.667,5 (este sería tu sueldo neto)

A las deducciones de ley se encuentran sujetos todos los trabajadores. Según una gran cantidad de factores, la persona que trabaja deberá pagar o no el impuesto a las ganancias.

Impuesto a las ganancias de cuarta categoría:

Es un impuesto que se grava por aquellas ganancias que se obtienen por el trabajo personal en relación de dependencia a partir de ciertos montos. De acuerdo al artículo 23 de la Ley de impuesto a las ganancias, las personas sujetas a este gravamen tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas en caso de ser residentes en el país, tener hijos y/o un cónyuge, pagar un crédito hipotecario, un alquiler, un seguro de vida o una cuota médica, entre otras deducciones que pueden realizarse. Las deducciones se realizan sobre la ganancia neta que queda luego de restarle a los ingresos las deducciones generalizadas fijadas por ley. Año a año, hay un ajuste automático respecto de las escalas y deducciones de acuerdo al índice anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).